No modificarás el proyecto de otro
Una sentencia sin precedentes obliga a la Administración a ejecutar una obra concluida conforme al diseño original que vulneró
El caso desvela una mala práctica habitual
¿Para qué quería la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Madrid a los mejores arquitectos? Hace dos años, José Selgas y Lucía Cano, autores de los palacios de congresos de Badajoz y Cartagena, la denunciaron. Llevaban semanas lidiando con una constructora que se negaba a levantar su edificio en el Ensanche de Vallecas según los planos aprobados. No es habitual que un arquitecto luche por su propiedad intelectual en los juzgados. Pero para Selgas y Cano no era una cuestión artística, sino de justicia. Fueron despedidos por la EMVS y otro arquitecto construyó sobre la estructura de su edificio. Esta semana se ha conocido la sentencia que obliga a la EMVS a ejecutar la obra “conforme al proyecto de ejecución” elaborado por ellos.
Rehacer un proyecto que ha modificado un inmueble es habitual en cuestiones de patrimonio. Rectificarlo a partir de un diseño que no se ha llegado a construir no tiene precedentes. Pero también algo más básico: el triunfo de la ley, la imposibilidad de modificar un contrato unilateralmente
LOS DERECHOS MORALES SOBRE UNA OBRA SIGUEN VIGENTES, SEA EL TRABAJO DE UN PRESTIGIOSO ARQUITECTO O UN GRAN FOTOPERIODISTA.
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